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Renovación del convenio de trasplantes de células y tejidos

La nueva ministra de Sanidad y Política Social,Trinidad Jiménez y Josep Carreras,presidente de Fundación Internacional, firmaron el pasado 21 de mayo un convenio para potenciar el acceso a los trasplantes de médula ósea y sangre del cordón umbilical (SCU).
En España,el servicio de búsqueda de compatibilidad, lo realiza la Fundación Josep Carreras a través del REDMO desde 1994, fecha en la que firmaron ya un primer acuerdo, para regular el funcionamiento de este registro, encargado de buscar en todo el mundo posibles donantes de progenitores de células hematopoyéticas no emparentados.
Los avances científicos y legislativos que se han registrado en este tiempo han hecho necesario renovar este acuerdo para adaptarlo a la normativa (Real Decreto 1.301, publicado el 10 de noviembre de 2006), que regula las normas de calidad y seguridad para la donación, obtención, evaluación, procesamiento, preservación, almacenamiento y distribución de células y tejidos humanos.
El convenio renovado el 21 de Mayo, tiene una duración inicial de tres años, se propone estrechar la coordinación entre el REDMO,el Sistema Nacional de Salud y las Comunidades Autónomas, delimitando las competencias a través del cumplimiento de la normativa vigente . En este acuerdo, destacan los siguientes aspectos:
• El Ministerio de Sanidad y Política Social promoverá dicha cooperación.
• Los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas que deseen acogerse a este acuerdo, deberán firmar posteriormente un convenio con la Fundación Internacional Josep Carreras.
• La Fundación Josep Carreras, a través del REDMO, se compromete a realizar el papel de interlocutor con los registros extranjeros. El REDMO seguirá realizando las búsquedas de donantes no emparentados cuando así se le solicite para las indicaciones que delimite el Sistema Nacional de Salud.
• La incorporación de donantes al REDMO será siempre voluntaria para los interesados y deberá cumplirse el Real Decreto 1.301/2006 en todo lo relacionado con la donación.
• Los datos de carácter personal que formen parte del REDMO se encuentran sometidos a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal. La propiedad y explotación de estos datos del registro se realizará de forma compartida entre las entidades administrativas que contribuyan al registro(Comunidades Autónomas) y la Fundación Josep Carreras.
• El REDMO deberá estar autorizado como “establecimiento de tejidos”, según determina el RD 1.301/2006. Su funcionamiento continúa encuadrado dentro de la normativa fundamental sobre “Extracción y Trasplante de órganos y Tejidos”, vigente en la actualidad.
• Se mantiene la Subcomisión de Progenitores Hematopoyéticos, dependiente de la Comisión de Trasplantes del Consejo Interterritorial, para determinar en qué casos está indicada la búsqueda de un donante no emparentado para trasplante.
• El contenido de las campañas informativas del REDMO deberá elaborarse previo acuerdo y coordinación con los Servicios Autonómicos de Salud y con la Organización Nacional de Trasplantes (ONT).
• Se crea una comisión mixta encargada de velar por el cumplimiento de este acuerdo. Está integrada por tres representantes de cada una de las partes firmantes y presidida por el Coordinador Nacional de Trasplantes.

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